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Certificación energética

CONCEPTO DEL CERTIFICADO ENERGÉTICO

 

¿Qué es el Certificado de Eficiencia Energética?

 

En ACERO Gabinete Técnico de Construcción, en cumplimiento del RD 235/2013, realizamos las Certificaciones Energéticas de Inmuebles (edificios completos, viviendas pertenecientes a edificios, viviendas unifamiliares, locales comerciales, naves, etc.) que vayan a ser vendidos o alquilados. De este modo el inmueble obtendrá una calificación energética, basada en la medición de determinados parámetros.

 

El Certificado de Eficiencia Energética (CEE), es un documento en el cual se recogen los parámetros constructivos y energéticos de una vivienda o local. Según sean dichos datos, se otorgará una calificación energética. Estos parámetros son los siguientes:

  • Parámetros Constructivos. Se estudiarán todos los elementos constructivos que estén relacionados con la envolvente del inmueble: Fachada, Medianerías, Suelo, Cubierta, Ventanas.

  • Parámetros energéticos. Se estudiarán todos los elementos que generan energía: Calderas de agua caliente sanitaria (gas natural, termo eléctrico, butano…), Calefacción-Refrigeración (centralizada, splits, radiadores, etc)

 

Este documento, tan sólo puede ser redactado por un técnico competente. Son denominados técnicos competentes, los titulados en Arquitectura Técnica o superior e Ingeniería Industrial Técnica o superior. Las calificaciones que se otorgan van por letras desde la A hasta la G, siendo la A, la calificación más óptima, y la G la menos óptima.

 

¿Qué contiene el Certificado de Eficiencia Energética?

 

El certificado contendrá como mínimo:

  • Identificación del edificio o parte que se certifica.

  • Datos del técnico competente.

  • Descripción de las características energéticas del edificio.

  • Calificación energética del edificio.

  • Recomendaciones de mejora.

  • Pruebas, comprobaciones e inspecciones realizadas.

 

¿Por qué lo necesito?

 

El Certificado de Eficiencia Energética es necesario, porque existe una Directiva Europea, en concreto, la Directiva 2010/31/UE, que aprueba un procedimiento básico para la certificación de edificios existentes.

 

Es por ello que en España se publica en el «BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2013, el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, para hacer cumplir dicha Directiva. Este Real Decreto, permitía la certificación voluntaria hasta el 31 de Mayo del 2013, siendo de OBLIGADO cumplimiento a partir de entonces.

 

 

PROCESO DEL CERTIFICADO ENERGÉTICO

 

En ACERO Gabinete Técnico de Construcción para realizar el Certificado de Eficiencia Energética procederemos de la siguiente forma: 

  • Tras la aceptación del Presupuesto para la elaboración del CEE, le solicitaremos unos datos básicos de su inmueble (dirección, referencia catastral) y datos personales del propietario (nombre y apellidos, DNI, dirección actual, teléfono/fax y correo electrónico), para la elaboración de la Nota de Encargo de Servicio Profesionales.

  • A continuación se fijará el día y la hora para que un técnico competente realice una visita al inmueble. En dicha visita se toman los datos necesarios para realizar un levantamiento de plano del inmueble y para comprobar el tipo de carpinterías exteriores, el tipo de cerramiento, las instalaciones de producción de agua caliente, las de climatización, si hay edificios en la zona que puedan proyectar sombras que afecten al nivel de eficiencia energética del inmueble...

  • En la visita cotejaremos con el propietario (o representante en su defecto) los datos básicos de su inmueble y datos personales. Tras la comprobación se firmará la Nota de Encargo de Servicio Profesionales, así como el modelo de autorización del técnico competente, para realizar el registro telemático en la Consejería (Anexo II). De la misma forma se abonarán los Honorarios para la elaboración del Certificado energético.

  • En los días siguientes analizaremos los datos recogidos, y con ellos, elaboraremos el certificado utilizando un programa informático (CE3X). El programa genera un documento en el que se identifica el inmueble que se certifica y se indican los datos del técnico certificador. Se incluyen como documentación anexa al certificado el “Informe de Catastro y Plano de Situación”, la explicación ampliada de las "recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética" y documento del "cumplimiento de requisitos medioambientales exigidos a las instalaciones térmicas".

  • Toda la documentación anterior se inscribe en el Registro de Certificados de la Junta de Andalucía.

  • Tras la inscripción en el Registro, se obtiene un número de registro, el cual se incluye en la Etiqueta de eficiencia energética que también forma parte de la documentación a entregar.

  • Se entrega al cliente la copia del certificado.

 

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